El próximo 28 de abril concluye el plazo de cinco años que el Gobierno dio a las entidades financieras para adaptarse a la Ley 10/2010 de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, que exige, entre otras muchas cosas, que las entidades financieras identifiquen debidamente a todos los titulares de sus cuentas y clientes y obtengan -al menos y si no la tienen ya- una copia digitalizada (escaneada) de su Documento Nacional de Identidad (DNI), pasaporte o documento análogo para los extranjeros. Una medida que ha generado cierto descontento entre los clientes de las entidades, que tienen que acudir en persona para digitalizar además su firma y justificar su actividad económica. A las empresas se exige incluso escrituras de constitución de las sociedades y distribución accionarial.