El Supremo pone coto a los intereses de demora abusivos

Fecha: 
15/05/2015

El Pleno de la Sala Civil del Tribunal Supremo ha emitido un fallo en el que se considera "abusiva" la condición que establece, dentro de los préstamos sin garantía hipotecaria concertados con consumidores, un interés de demora que supere en más de dos puntos porcentuales el interés remuneratorio.

La sentencia, que desestima sustancialmente los recursos de la entidad bancaria prestamista, toma como base la doctrina del Tribunal de Justicia y establece que el préstamo juzgado deberá devengar exclusivamente el interés remuneratorio, de modo que se debe eliminar completamente el incremento porcentual en que consiste el interés de demora abusivo.

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