FACUA-Consumidores en Acción advierte a las aerolíneas de que la Ley de Navegación Aérea establece la obligatoriedad de que las compañías transporten de forma gratuita en cabina el equipaje de mano que el pasajero lleve consigo.
Así, el artículo 97 de la ley establece que "el transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo", mientras que sólo recoge como excepción para denegar su transporte "razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto, en relación con las características de la aeronave".
FACUA alerta de que la medida anunciada por Ryanair de empezar a cobrar por el equipaje de mano a partir de noviembre de este año podría vulnerar dicha normativa, a la vez que critica que la aerolínea parezca haber introducido esta modificación de sus servicios para compensar los gastos que le han ocasionado las compensaciones a los pasajeros de las pasadas cancelaciones de vuelos.