El Boletín Oficial de Canarias publica un acuerdo por el que se actualizan determinadas medidas de prevención para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 durante el periodo de la nueva normalidad tras el estado de alarma y que alivian las restricciones vigentes hasta ahora en lo referente a discotecas y locales de ocio nocturno, establecimientos alojativos y espectáculos públicos.
Así, según el el acuerdo publicado, se permite el uso compartido de unidades de alojamiento por personas no convivientes y se establece los grupos de dos hamacas que deberán estar separadas por 1,5 metros, como mínimo, del siguiente grupo o hamaca individual.
En cuanto a las actividades recreativas, de ocio y esparcimiento, incluidos los deportes, que se desarrollen esporádicamente y en lugares distintos a los establecimientos destinados al ejercicio habitual de dicha actividad y las que se lleven a cabo en instalaciones desmontables o al aire libre, se podrán celebrar siempre que el público permanezca sentado o en sectores de grupos de hasta 15 personas de su entorno social o familiar y que no supere el 75% del aforo permitido, con un límite máximo de 300 personas para lugares cerrados y de 1.000 personas al aire libre.
Las discotecas y locales de ocio nocturno podrán abrir al público exclusivamente para consumo sentado o de pie y siempre en espacios reservados previamente por el cliente. El aforo en terrazas al aire libre será del 100% y en locales cerrados, al 70%, con un límite máximo de 300 personas para lugares cerrados y de 1.000 al aire libre, siempre manteniendo la distancia interpersonal o, en su defecto, el uso de mascarilla. El acceso a las discotecas será mediante entradas nominativas en reservados de grupos de hasta 8 personas de su entorno social o familiar sentado o de pie y el consumo será directamente servido en cada reservado. En locales con pista de baile, este espacio será ocupado con mesas o reservados, quedando prohibido dedicar dicho espacio a su uso habitual.