El Tribunal Supremo ha dado la razón a dos clientes que reclamaron a BBVA la devolución de los gastos hipotecarios cobrados indebidamente en su hipoteca firmada en 2001. El Alto Tribunal confirma que el plazo para reclamar la devolución de estos gastos comienza a correr cuando existe una sentencia firme que declara la nulidad de la cláusula que les imponía al consumidor, y no desde el momento del pago, tal y como establece el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).